CASA DE LA JUVENTUD DE CÁDIZ
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO
1.- Sobre la Casa de la Juventud
La Casa de la Juventud es un equipamiento que tiene como finalidad dar
respuesta a la demanda de servicios y actividades destinadas a la población
juvenil comprendida entre los 14 y 35 años. Es una instalación gestionada por
el Ayuntamiento de Cádiz a través de la Delegación de Juventud del Área de
Familia y en consecuencia alberga exclusivamente como únicos servicios técnicos
y administrativos los de dicha Delegación.
2.- Espacios
La
casa de la Juventud cuenta con diversos espacios multifuncionales que se
adaptan a las diversas necesidades planteadas por los colectivos juveniles y
jóvenes en particular. Entre esos espacios y servicios podemos enumerar los
siguientes:
PLANTA BAJA
1.- Centro de Información Juvenil
2.- Meeting point.
3.- Sala de exposiciones
4.- Plaza Joven
5.- Salón de actos
PRIMERA PLANTA
5.- Oficina técnica
6.- Despachos
7.- Sala de reuniones.
8.- Ciberaula.
SEGUNDA PLANTA
9.- Hotel de asociaciones (Local 1 y
local 2)
10.- Sala polivalente
TERCERA PLANTA
11.- Sala de estudio
12.- Sala talleres
13.- Sala cursos
2.- Horarios de apertura al público:
Del lunes a viernes de 10.00 a 22.00
hrs.
Sábados de 10.00 a 14.00 hrs.
3.- Público objetivo:
La Casa de la Juventud está destinada exclusivamente
para la realización de actividades organizadas por o destinadas a la población
juvenil comprendida entre los 14 y 35 años de edad, para la comprobación
efectiva de este requisito las personas usuarias deberán acreditarlo
presentando el DNI cuando le sea requerido por el personal de la instalación.
4.- Cesión de espacios:
Exceptuando los servicios y espacios de actividades
libres, que los jóvenes pueden utilizar sin necesidad de solicitud previa, como
son el meeting point, el centro de información juvenil o la plaza joven, esta
última cuando no recoja alguna actividad organizada, el uso del resto de espacios
se regirá por las siguientes normas y procedimiento:
4.1.-
Para la cesión y utilización de los espacios y materiales de la instalación
será necesario cumplimentar y entregar la solicitud prevista para ello, y
esperar la confirmación de que la petición ha sido concedida.
4.2.-
Los espacios serán cedidos por tiempo limitado, siempre supeditado a las
necesidades de la Delegación de Juventud. Como regla general se cederán por un
máximo de un mes prorrogable mediante nueva solicitud. Los casos excepcionales
serán estudiados particularmente. El Hotel de Asociaciones tendrá sus propias reglas de funcionamiento.
4.3.-
Las peticiones de espacios deberán ser compatibles con las programaciones
propias de la Delegación de Juventud, teniendo éstas carácter preferente.
Además las actividades programadas deberán ser compatibles entre sí, de forma
que no interfieran unas con otras.
4.4.-
La persona solicitante asumirá las funciones de comunicación con los
responsables de la instalación haciéndose cargo de los daños efectuados por
negligencia o mal uso de la instalación o materiales.
4.5.-
Los materiales cedidos para las actividades serán para su uso exclusivo dentro de la instalación, no
pudiendo salir de la misma.
4.6.-
No se podrá trasladar mobiliario ni material de una sala a otra sin
autorización previa.
4.7.-
Se penalizará la no utilización sin justificación de un espacio reservado y no
utilizado. Así mismo si pasada media hora y sin haberlo comunicado previamente,
no se ha utilizado la sala solicitada, la Delegación dispondrá de ella.
4.8.-
No se autorizarán actividades de contenido
sexista, xenófobo, racista ni de cualquier otra índole que atente contra
la dignidad de las personas.
5.- Normas generales
5.1.-
Solo se podrá comer y beber en el
meeting point, y en la plaza joven cuando no se esté celebrando ninguna
actividad. En ningún caso se podrá consumir tabaco ni bebidas alcohólicas.
5.2.-
No se permitirá la entrada de animales.
5.3.-
No se permitirá la entrada ni la permanencia de las personas que no estén completamente
vestidas.
5.4.-
Cualquier otro aspecto o situación no descrita anteriormente será interpretada
y resuelta por la Delegación Municipal de Juventud, atendiendo siempre a los
intereses generales de la población juvenil.
6.- Sobre incumplimiento de estas
normas.
6.1.-
Cualquier actividad que no cumpla alguna de las normas de uso y funcionamiento
de la Casa de la Juventud quedará excluida de su programación.
6.2.-
El incumplimiento de cualquiera de estas normas significará el apercibimiento a
sus responsables y la posibilidad de expulsión de la instalación.
7.- Comisión mixta consultiva.
Existirá
una comisión compuesta por representantes de la Delegación Municipal de
Juventud, AA.JJ. y jóvenes en particular, como
estructura de participación
juvenil de la Casa de la Juventud, teniendo carácter consultivo.
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